Comunicado de prensa

Expertos de derechos humanos de la ONU urgen a los estados adoptar medidas alternativas para poner fin a la detención de migrantes

18 diciembre 2021

Las personas no deben ser tratadas como criminales solamente por cruzar una frontera nacional de manera irregular o por falta de documentación apropiada.

GINEBRA (ONUDH) – Millones de migrantes, incluyendo mujeres, niñas y niños, continúan siendo detenidos por su estatus migratorio. En una declaración conmemorando el Día Internacional del Migrante, expertos de derechos humanos* urgen a los Estados a aplicar sistemáticamente medidas alternativas al confinamiento, particularmente en la situación difícil por la pandemia de COVID-19, e inmediatamente detener la detención de niñas y niños migrantes, así como poner fin a la detención de todos los migrantes. La declaración completa continúa:

“En conmemoración del Día Internacional del Migrante y en el contexto de una crisis global sanitaria, nos sentimos obligados a destacar la difícil situación de millones de migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y personas apátridas en todos los rincones del mundo que se encuentran privados de su libertad solamente basados en su estatus migratorio.

Mientras reconocemos aquellos Estados que están activamente buscando e implementando medidas alternativas a la detención migratoria, urgimos a todos los demás a priorizar soluciones de alojamiento sin custodia y arreglos de atención basados en la comunidad, ya que varios estados se han comprometido al Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular.

Las personas no deben ser tratadas como criminales solamente por cruzar una frontera nacional de manera irregular o por falta de documentación apropiada. La detención masiva de estas personas no puede ser considerada solo una medida casual de control migratorio. No obstante, hay un incremento significativo del uso de detención migratoria por los Estados desde los años 90s, a pesar de que la prohibición de la detención arbitraria es una regla no derogable del derecho internacional consuetudinario.

Recordamos a los Estados que la detención bajo los derechos humanos internacionales siempre debe ser no discriminatoria y una medida excepcional de último recurso. La detención de niñas y niños basada en el estatus migratorio de sus padres nunca está gobernada por el principio de excepcionalidad y nunca responde a los mejores intereses de la niñez; por tanto, está siempre prohibida bajo las leyes internacionales de derechos humanos.

Urgimos a los Estados a cesar inmediatamente la detención de niñas y niños, y reducir progresivamente y  poner fin a esta práctica para todos los demás migrantes. Enfatizamos que las medias alternativas a la detención no sólo ofrecen mayor protección a la dignidad, humanidad, salud y bienestar de las personas, también cuestan significativamente menos que las instalaciones de detención.

Por otro lado, las medidas de custodia tienen un impacto negativo significativo en la salud e integridad personal de migrantes, incluyendo consecuencias adversas para su salud mental, tales como ansiedad, depresión, exclusión y trastorno de estrés post-traumático, incluso el riesgo de suicidio. Estos riesgos se han agravado particularmente en el contexto actual de la pandemia de COVID-19.

El sistema de justicia criminal, tales como la fianza, la detención domiciliaria u otras restricciones de movimiento, incluyendo vigilancia electrónica o reportes periódicos a las autoridades, no debe ser usado en el contexto migratorio. Tampoco deben ser usadas estas medidas como alternativas a la detención migratoria. Si se utilizan alternativas para imponer restricciones a los derechos de los migrantes, las salvaguardias que las rodean deberían ser tan estrictas como las que se aplican a las situaciones de detención.

 

FIN

*Los expertos: Sr. Can ÜNVER, Presidente del   Comité para la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migrantes y sus Familias  (CMW). CMW es el cuerpo de 14 expertos independientes que monitorean la implementación de la International Convención Internacional de la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes  y Miembros de sus Familias por los Estados. Éste tuvo su primera sesión en Marzo de 2004. Ver el  Comentario General No. 5 (2021) sobre los derechos de los migrantes a la libertad, libertad de la detención arbitraria y su conexión con otros derechos humanos.

Sr. Felipe González Morales (Chile) fue designado Relator Especial sobre los derechos de los Migrantes en Junio de 2017 por el Consejo de Derechos Humanos de la ONUD, por un periodo inicial de tres años. Como Relator Espacial, es independiente de todo gobierno u organización y sirve en capacidad individual. Él es profesor de Leyes Internacionales en la Diego Portales, en Santiago, Chile, donde también es Director del programa de Maestría en Leyes Internacionales de Derechos Humanos. Ver aquí el reporte del Relator Especial sobre finalizar la detención de niños migrantes n y provisión de cuidado adecuado y recepción para ellos.

 

Para mayor información y solicitudes de medios, por favor contactar t Yiyao Zhang (+41 22 917 85 94 / yiyao.zhang@un.org) o Idrissa Kane, Secretaria del Comité CMW (+41 22 917 92 73 kanei@un.org) y Nikolaus Schultz (+41 22 917 92 28 / nikolaus.schultz@un.org)

 

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Sandra Martínez, Asistente de Comunicación y Promoción de ONUDH en México

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